¿Cómo calcular la CTS?
La cuenta CTS (Compensación por Tiempo de Trabajo) es el depósito que por Ley, le corresponde a todo trabajador, como beneficio social, por el tiempo de servicio brindado a una empresa. El depósito, efectuado por la misma empresa, sirve como fondo previsor en caso de cese.
¿Quiénes tienen derecho a la CTS?
• Los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, que cumplan en promedio una jornada mínima de 4 horas diarias
¿Dónde se realiza el depósito de la CTS?
• Los depósitos pueden efectuarse en cualquiera de las empresas del sistema financiero elegida por el trabajador en el tipo de cuenta y tipo de moneda que indique el trabajador por documento escrito
¿Por qué períodos y cuándo se deposita la CTS?
• Existen dos períodos semestrales (noviembre a abril; mayo a octubre), debiendo depositarse dentro de los primeros 15 días de los meses de mayo y noviembre de cada año, en la cuenta bancaria elegida por el trabajador.
¿Cómo calcular mi CTS?
A diferencia de la AFP, la CTS si posee un mayor grado de dificultad a la hora de calcularla pues ahora hay que conocer bien varios términos para poder realizar una operación matemática mas exacta.
Algunos de los términos son los siguientes:
Para hacer la comprender el tema de manera mas sencilla solo tocaremos 5 términos para realizar el cálculo de CTS.
Remuneración computable:
Es el total de todo lo que se le pagará al trabajador, comprende la remuneración básica, asignación familiar y gratificación.
Remuneración básica:
Comprende el sueldo fijo que se le va a pagar al trabajador.
Asignación Familiar:
Es la suma extra que se le da al trabajador en caso que posea hijos, comprende el 10% del salario mínimo. Solo es en caso de ser menores o estudiantes, el límite de edad para recibir la asignación es de 24 años, mientras continué con sus estudios, fuera del límite la asignación es negada.
Gratificación:
Es la suma extra que se paga al trabajador en ocasiones de determinadas festividades, como fiestas patrias y navidad.
Equivale a 1/6 de la remuneración computable divido entre los meses laborados, algo importante, para calcular la gratificación se cuentan los meses enteros mas no los incompletos.
Período computable:
Comprende la cantidad de tiempo que se trabaja activamente, en el caso de la gratificación se da a mitad del año (Enero a Junio; Julio a Diciembre) y para la CTS según el tiempo de depósito (Noviembre a Abril; Mayo a Octubre).
Una vez entendidos estos términos, se puede pasar al cálculo de CTS; lo primero a hacer es calcular la gratificación si es que el trabajador la posee, para luego sumarla en conjunto a los otros valores y realizar la fómula para hallar la CTS como se ve en siguiente ejemplo.
EJEMPLOS:
(Nota: Para facilitar mejor la comprensión del cálculo de los ejercicios nos ubicaremos en el año 2019)
Alan gana s/.2300 tiene asignación familiar e ingreso a trabajar el 1 de Septiembre de 2019 (Le depositarán su CTS en Noviembre) ¿Cuánto es su CTS?
He aquí se muestran más ejemplos de los cálculos de CTS:
Viviana gana s/.1800, no tiene hijos e ingreso a trabajar el 15 de Julio de 2019 (Le depositarán su CTS en Noviembre) ¿Cuánto es su CTS?
Rosa gana S/.2500, tiene 20 hijos menores e ingresó a trabajar el 18 de Abril de 2019 (Le depositarán su CTS en Mayo) ¿Cuánto es su CTS?
Josh gana S/.3000, tiene un hijo de 25 años e ingreso a trabajar el 8 de Enero de 2019 (Le depositarán su CTS en Mayo) ¿Cuánto es su CTS?
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